Teya Salat
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Número De Identidad De Extranjero N Ie

Número De Identidad De Extranjero (N I.e.)

Los extranjeros que se relacionen con España por razón de sus intereses económicos, profesionales o bien sociales podrán solicitar personalmente el NIE.

Para permanecer en España por menos de 3 meses los ciudadanos comunitarios precisan únicamente estar en posesión de su pasaporte o documento de identidad en vigor.

Si la estancia es superior a 3 meses el ciudadano está obligado a pedir su inscripción en la Oficina de Extranjeros de la Comisaría de Policía más cercana a su residencia.

​Aquellos extranjeros que, por sus intereses de tipo económico, profesionales o sociales se relacionen con España, podrán conseguir, previa solicitud y  a efectos de identificación fiscal un Número de Identidad de Extranjero (NIE).

El NIE es el documento personal que deja que el ciudadano extranjero pueda realizar aquellos trámites que demanden su identificación fiscal frente a la Agencia Tributaria española (actos como: firmar un contrato de trabajo, abrir una cuenta bancaria, etcétera).

Este NIE es personal, único y exclusivo, es de carácter secuencial y sirve como Número de Identificación Fiscal (NIF). Y puede ser certificado con un carácter permanente o bien con un carácter sólo temporal.

Procedimientos para petición del NIE

1.- NIE certificado con carácter permanente

Se informa que NO es posible solicitar este género de NIE con certificado de carácter permanente a través de un Consulado ESPAÑOL EN EL EXTRANJERO.

Este NIE que se expide con un certificado de carácter permanente es para aquellos ciudadanos extranjeros que van a radicar a lo largo de un tiempo en España (por el hecho de que van a seguir un curso de estudios, van a firmar un contrato de trabajo, ejercer una actividad remunerada, inscribirse en un instituto profesional, etc. y resulta necesario siempre que el periodo de residencia sea superior a 3 meses.

Estos ciudadanos pueden pedir su NIE, en cualquier momento antes de que transcurran los primeros 90 días desde su llegada a España, personalmente o a través de un representante debidamente autorizado.

Este NIE se solicita en el mismo momento en que realicen su inscripción obligatoria en la Oficina de Extranjeros más cercana a su domicilio, a través del servicio de cita previa:

-    Cita previa telefónica: 060 

=> ‘seleccionar provincia’ / ‘autoriz.residencia larga duración UE’ / ‘aceptar’

y continuar el resto de instrucciones.

En ese día de la cita conseguirán a la vez: un “certificado de registro de extranjero”, y se les facilitará asimismo su n.º de NIE con certificado permanente.

En el caso de ciudadanos extracomunitarios va a ser necesaria una semana o bien diez días para  tramitar su expedición.

Ø  Los ciudadanos comunitarios solo precisan su pasaporte o DNI en vigor para continuar provisionalmente en España. No es necesario el NIE.

Ø  Pero si deben obtener un NIE pues el solicitante tiene previsto abrir una cuenta bancaria, o firmar un contrato de trabajo, o bien ejercer una actividad profesional en España, NO va a poder presentar su petición de NIE mediante este Consulado, sino deberá hacerlo de forma directa al anotarse en la Oficina de Extranjeros en España, ya sea personalmente o bien mediante un representante adecuadamente autorizado.

Ø  El NIE lo obtendrá de manera inmediata exactamente el mismo día de la cita (van a ser diez días en el caso de los ciudadanos extracomunitarios)

2.- NIE certificado con carácter temporal

Existe también el NIE con certificado de carácter temporal, que tiene una valía de sólo tres meses, y está previsto para aquellos extranjeros que en ningún momento piensan residir ni tan siquiera concisamente en España mas que, sin trasladarse a vivir a este país, deben efectuar un acto puntual con relevancia fiscal en España. Algo que harán en sólo uno o varios escasos días día de viaje y estancia (por ejemplo: comparecer frente a un notario para percibir una herencia, o para firmar la adquisición de una casa, etcétera). cita previa huellas policia

También podrían, si de esta manera lo desean, presentar su petición de NIE (con ocasión de algún viaje temporal que realicen a España) directamente en una Oficina de Extranjeros, utilizando el convocado servicio de cita anterior, y sin realizar en este caso su inscripción como residentes en el Registro de Extranjeros de la Policía de esa ciudad.

Pero, si lo prefieren, también van a poder presentar su solicitud de NIE frente al Consulado General de España en cuya demarcación consular residan, para lo que van a deber comparecer personalmente o bien a través de un representante adecuadamente acreditado, y acreditar su identidad y el motivo por el que necesitan la expedición de NIE.

Una vez recibida correctamente su petición, el Consulado hará llegar la solicitud de NIE a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras en la capital española y será el Registro Central de Extranjeros quien  asignará el NIE al ciudadano extranjero,  con un certificado de valía para solo tres meses.

Requisitos para presentar la solicitud PERSONALMENTE en el Consulado:


ü Va a deber explicar el motivo o justificación de la petición de este NIE en España

ü Documento nacional de identidad o bien pasaporte en vigor, el original y una copia simple.

ü Pago necesariamente en efectivo en el Consulado de la tasa por asignación de NIE (actualmente: nueve con cincuenta y cuatro €. y en caso de renovación: siete con diez €. –estos importes están sujetos a revisión periódica-)

    Se cumplimentarán solamente los campos de identidad y domicilio, y el ‘check’ pertinente al género de documento solicitado: ‘Asignación de NIE a instancia del interesado’ o bien ‘Certificados o informes emitidos a instancia del interesado’ (conforme sea solicitud de un NIE nuevo, o renovación de uno precedente). El programa rellenará abajo el importe a pagar, y hay que apuntar como forma de pago: ‘En efectivo

ü El certificado se enviará al e mail que haya indicado el demandante y  tendrá una validez de sólo 3 meses

En caso de petición por medio de representante, se precisa además original y copia de los documentos de identidad de titular y de representante, y un escrito firmado del titular con la autorización.   

Se notifica que, desde la presentación inicial de la petición de NIE en el Consulado hasta que el ciudadano extranjero pueda disponer de un certificado con su número de identidad (NIE) acostumbran a pasar como mínimo unos diez días, precisos para efectuar todas y cada una de las gestiones que requiere su tramitación.

Una vez presentada la solicitud y cuando ya ha sido mandada a la Dirección General de Extranjería y Fronteras por vía telemática, este Consulado NO tiene acceso a ninguna información sobre cuál es el estado de tramitación del NIE, ni posibilidad alguna de agilizar su tramitación, que se efectúa únicamente por:

Comisaría General de Extranjería y Fronteras,

Calle General Pardiñas, Nº 90,

 Tfo. +34 913 22 treinta y cuatro 00

Ø En el Consulado sólo se puede solicitar el NIE con certificado de carácter temporal, para efectuar un acto único y específico que demande la identificación fiscal en España.

Ø La petición se puede presentar personalmente o bien mediante un representante correctamente autorizado, y hay que explicar el motivo que justifica la petición de NIE.

Ø El NIE tarda unos diez días, y se expide por correo-e por la Comisaría General de Extranjería y Fronteras desde la capital española. El certificado tiene una valía de 3 meses.

Solicitud de Certificados para extranjeros:

Un procedimiento afín es de aplicación para la petición de Certificados de Residente / No Residente en España:


Ø Documento de identidad o bien pasaporte en vigor y una fotocopia simple.

Ø Certificado, tarjeta de residencia de España u otro documento oficial en el que conste el NIE y una fotocopia simple.

Ø Pago necesariamente en efectivo en el Consulado de la tasa por expedición de certificados o informes (siete con diez euros – importe están sujeto a revisión periódica-).

         Para realizar el pago es obligatorio asistir con el correspondiente

Se cumplimentarán solamente los campos de identidad y domicilio, y el ‘check’ pertinente al género de documento solicitado: ‘Certificados o informes emitidos a instancia del interesado’. El programa rellenará abajo el importe a abonar, y hay que apuntar como forma de pago: ‘En efectivo

El certificado se mandará al correo que indique el demandante y tiene una validez de 3 meses.

Se puede obtener más información de forma directa en la  Web del Ministerio del Interior:

Ministerio de Empleo y Seguridad Social - Portal de Inmigración:

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