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Recursos En ExtranjeríA Reclama Tu Solicitud Denegada

Recursos En ExtranjeríA: Demanda Tu Petición Denegada

¿La petición inicial de tu permiso de vivienda o bien renovación de tarjeta ha sido denegada? Entonces no te preocupes. ¡Tiene solución y es más fácil de lo que crees! En el presente artículo te explicamos al detalle de qué forma ejecutarla. Analizaremos todo lo que debes saber sobre los recursos en materia de extranjería para apelar a resoluciones de la administración, con los que podrás lograr tu tarjeta tras una denegación. Veremos los distintos tipos (recursos de alzada y de reposición), requisitos, plazos y de qué forma marchan precisamente.

Un recurso es una notificación a la oficina de extranjería por la que anunciamos que no estamos conformes con la resolución tomada con relación a nuestro expediente, y solicitamos de forma explícita que se vuelva a estudiar con detenimiento.

Se trata de un escrito de carácter formal en el que comunicamos el desacuerdo con la denegación de nuestra solicitud de vivienda o renovación y pedimos una revisión en base a un motivo viable y contemplado por la ley.

De forma más técnica, el recurso deja al ciudadano extranjero recurrir las resoluciones de la administración pública, sea cuál sea su situación legal.

Es decir, supón que has presentado tu solicitud para lograr tu arraigo social, tarjeta comunitaria, reagrupación familiar o la renovación de tu vivienda de larga duración. Tras preparar toda la documentación, dedicar tiempo y dinero y aguardar a lo largo de tres meses… y ves una contestación desfavorable: no te conceden la tarjeta.

Será en esos casos en los que debas presentar un recurso, en tanto que éste te permitirá “discutir” la decisión y lograr una petición conveniente por último.

En ese sentido, ¿a qué órganos o instituciones puedes recurrir? 

A decisiones o bien resoluciones tomadas por parte de la oficina de extranjería, delegaciones o subdelegaciones del gobierno, y por los diferentes consulados españoles repartidos por todo el mundo.

En materia de extranjería encontramos dos tipos de recursos diferentes que nos permitirán apelar la resolución de una petición rechazada:

  • Recurso de reposición, si el órgano competente que decide es el mismo que rechazó la solicitud (se halla al mismo nivel jerárquico). .
  • Recurso de alzada, si el órgano encargado es el de manera inmediata superior a nivel jerárquico del que rechazó la solicitud (de ahí su nombre “alzada”). O sea, si hemos pedido la vivienda y ha sido rechazada por la parte de la oficina de extranjería, el recurso de alzada irá dirigido a la delegación o subdelegación del gobierno pertinente.

No obstante, debemos tener en consideración que ambos son recursos administrativos; o sea, es el poder Ejecutivo quién decide (la Administración Pública).

Pero hay más.

Imaginemos que hemos emitido un recurso de alzada, y este ha sido desestimado. En ese caso habremos agotado la vía administrativa, y podremos pasar a la vía judicial en lo que se conoce como un recurso contencioso-amdministrativo. El plazo acá es superior, puesto que puede tardar hasta tres meses, y va a ser el Poder Judicial quien decide (Juzgados o Tribunales).

Es esencial mentar que no podemos acceder a la vía contenciosa (si estamos en desacuerdo con la decisión del órgano ejecutivo) hasta que no hayamos pasado antes por la vía administrativa. Es decir, no puedes saltar de manera directa a hacer un recurso contencioso sin haber hecho ya antes uno administrativo.


¿Merece la pena presentar recurso? Primordiales ventajas

Si te han rechazado la solicitud inicial o renovación, nuestra recomendación es empezar un recurso SIEMPRE.

Y esto tiene una serie de motivos o ventajas que hacen que el recurso solo pueda beneficiarte:

  • En primer lugar, no existe ninguna tasa ni costo asociado, realizarlo es totalmente gratuito.
  • Estarás más protegido /a legalmente y no podrás percibir un expediente de expulsión, puesto que eso sería ilegal (en el caso de percibir uno, lo podrías recurrir).
  • Del punto anterior derivamos que a lo largo del recurso seguirás disponiendo del derecho a vivir legalmente en España; es decir, recibes el derecho de estancia.
  • Pasado un mes, volverás a tu situación anterior (así sea residencia en trámite o renovación en trámite); por lo que puedes volver a residir/trabajar legalmente.
  • Al mismo tiempo que el recurso está en marcha puedes regresar a presentar tu petición o bien una distinta; con lo que tus probabilidades de éxito veloz aumentan.

Como ya  hemos comentado, se trata de un escrito de carácter formal que vas a deber preparar y entregar.

Tienes 1 mes para presentar el recurso ante el órgano que emitió la denegación (o ante el superior jerárquicamente) desde el día después al que recibiste la notificación denegatoria.

Y aquí hallamos una consideración importante, pues no debemos confundir con el plazo en el que se dicte sentencia.

Es decir, si la petición de tu tarjeta o renovación se califica como rechazada el día treinta de enero, mas no recibes la notificación pertinente hasta el 15 de febrero, el plazo de un mes no comienza a contar hasta el 16 de febrero. Y acabaría el 16 de marzo, puesto que no se cuenta en días, sino en mes entero.

Por otro lado, y para proseguir con el proceso legal, si bien mandes tu recurso a la oficina de extranjería, será el órgano superior quien lo resuelva: un juez.

Este juez emitirá sentencia y la va a mandar a la oficina de extranjería. Una vez lo examinen, y si sale favorable, te harán llegar una carta con la estimación favorable. Y eso es comparable a cuando consigues un permiso por primera vez: vas a deber pedir vez para las huellas y recoger tu tarjeta.

Es muy importante que entiendas que no hay una fórmula mágica o bien plantilla que sea válida para elaborar todos los recursos. Cada caso es particular y plenamente diferente, y crear un recurso individualizado y basándonos en las necesidades del caso en cuestión será la única forma de que tenga éxito.

No obstante, te dejamos el listado de elementos comunes que cualquier recurso debe incluir:

  • Nombre y apellidos del extranjero
  • El acto por el que se está recurriendo y la razón de la impugnación
  • Órgano o bien corporación a la que mandamos el recurso, con su pertinente código de identificación
  • Todas las particularidades que nos permiten apelar la resolución de forma razonable y basándonos en supuestos legales
  • Fecha, firma y sitio de firma del recurso

Como conclusión, si bien es cierto que lo podrías crear y presentar tu mismo el recurso incluyendo estos elementos, no es algo que te aconsejemos. Pues, de nuevo, redactar uno requiere conocimiento sobre la ley.

Es decir, si realmente quieres que sea efectivo deberá estar preparado por un abogado tras estudiar el caso al detalle. ¿Por qué? Para advertir algún fallo en la resolución, minimizando así las posibilidades de una segunda denegación.

Así, sencillamente debes mandarnos un correo a y nuestro te va a ayudar a elaborar el tuyo y a lograr que acepten finalmente tu solicitud de residencia.


¿Cuánto tarda un recurso de alzada?

El tiempo máximo que la administración tiene para dar respuesta es de tres meses, tanto para el recurso de alzada como para el de reposición.

No obstante, según en la comunidad autónoma en la que te encuentres es probable que tarde menos de 90 días. Puesto que la tardanza depende en buena medida del número de solicitudes a comprobar, y en aquellas zonas en las que hay menos extranjeros los trámites van mucho más veloz.

Ten en cuenta que si pasado ese plazo de 1 mes no has recibido respuesta, el recurso se comprenderá como desechado por silencio administrativo negativo.

¿Qué puedes hacer entonces? En ese caso ya se te abre la vía contencioso-administrativa, por lo que podrás apelar a la resolución de la administración pública ante un tribunal o juzgado.


Si me han denegado la tarjeta y he interpuesto un recurso, ¿puedo viajar?

No. Si has interpuesto un recurso administrativo no puedes salir de España. Pues tendrías graves problemas al volver e procurar volver a entrar al país.

Es decir, no es lo mismo que cuando hay una renovación en trámite, instante en el que se puede . Esta autorización de regreso acredita que nuestra tarjeta esta siendo renovada, y actúa como comprobante, reemplazando a la propia tarjeta.

No obstante, si comenzamos un recurso es porqué nuestra renovación o solicitud inicial han sido rechazadas, por lo que no es equivalente a estar en trámite. De ahí que que no podremos solicitar una autorización de regreso y entrar de forma libre de vuelta.

Nuestra recomendación es que te quedes en España durante el mes que tarde la resolución del recurso.


La mejor forma de que lograr un recurso favorable

Sin duda se trata de un momento crítico. Te terminan de rechazar la solicitud de vivienda, y el recurso es tu última alternativa. Si lo rechazan asimismo, deberás salir de España obligatoriamente y pierdes la posibilidad de radicar en el país.

Por lo que asegurarte de que el recurso es favorable es esencial.

¿Cuál es la clave del éxito en ese sentido?

Pues bien, hay una estrategia infalible y a la que deberías asistir sin lugar a dudas: evitar tener que recurrir.

La clave de un recurso conveniente es eludir que te rechacen tu solicitud de renovación o de tarjeta inicial. De este modo de fácil.

Para ello debes tener en cuenta cuáles son los requisitos específicos para tu trámite. cita nie Si te aseguras de cumplir , es prácticamente imposible que rechacen tu petición, con lo que jamás tendrás que llegar al punto de necesitar recurrir.

Así, nuestro consejo es que hables con una letrado antes que nada.

Infórmate de manera exhaustiva qué se precisa para solicitar tu permiso de residencia o bien renovarlo, y deja que se encarguen de todo.

Tener que recurrir es una situación nada ideal, mas con un poco de planificación anterior la podrás evitar.

En ese sentido, nuestro equipo de abogados está a tu predisposición para asistirte con tu trámite:

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